domingo, 18 de octubre de 2015

Legislación y Seguridad en TIC´s


 Desarrollo del Sistema Jurídico Informático en México 



Debemos analizar tres procesos interdependientes, a través de los cuales va dirigida la actualización de la legislación en materia de informática y la consolidación del acceso a la información.

El primer proceso es el desarrollo del sistema informático en las relaciones entre los gobernados, ya que  hubo la necesidad de implementar medidas de seguridad que dieran certidumbre jurídica a los actos realizados a través de la internet u otros sistemas de intercomunicación informáticos (“medios electrónicos, ópticos, remotos y de cualquier otra tecnología”)  trayendo consigo una modificación de la legislación tanto civil como mercantil que han propiciado la validación de sistemas de movimientos bancarios, formas contractuales, sistemas de compras, diversas firmas, certificaciones etc, para ello se realizaron las reformas en los códigos civiles, en los códigos de procedimientos civiles, código de comercio, en la ley de instituciones de crédito, en la ley federal de protección al consumidor, etc, a todo esto proceso le podemos llamar 3 adecuación del marco jurídico para la aplicación de los sistemas informáticos entre los gobernados.

En el segundo de los elementos, nos referimos a los sistemas de seguridad de las creaciones de sistemas y desarrollos informáticos en materia de propiedad industrial y de derechos de autor, como son los secretos industriales, conocimientos técnicos, registros de marcas, registro de los esquemas de trazado de circuitos integrados así como la inscripción de sus transmisiones y licencias de uso y explotación, etc, regulado por la Ley de la Propiedad Industrial; y como parte de este elemento que también protege la Ley Federal del Derecho de Autor el cual protege los programas de cómputo, las bases de datos y su documentación; y una tercera a través del código que complementa las leyes sustantivas ya citadas y que, es el Código Penal, ya que establece las posibles conductas constitutivas de delito en la materia así como las sanciones a quienes por ejemplo crean los virus que les llamamos comunmente y a los que alteran indebidamente los archivos magnéticos, o se infiltran indebidamente a los sistemas o bases de datos, a este conjunto de normas que componen el segundo elemento se les puede clasificar como garantes del desarrollo del sistema informático.

El tercer elemento es la legislación que a favorecido el acceso a la información, que toma como base el desarrollo de los dos elementos anteriores, este a su vez se ha desarrollado bajo dos vertientes: El acceso a la información comercial que registra el Estado en su función de fedatario publico de los actos jurídicos de los gobernados) y El acceso a la información pública gubernamental, regulado por la Ley, (como actividades meramente de gobierno, es decir actos administrativos), a este tercer elemento le podemos denominar aprovechamiento del Sistema Informático como proceso técnico para el acceso a la información.

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